lunes, 10 de junio de 2024

DICE AHORA EL FISCAL…

 

Dice, AHORA, el fiscal del Tribunal Constitucional que debe estimarse el recurso de amparo de los condenados en la pieza política de los ERE, sólo en lo que se refiere a la prevaricación, y solo en un aspecto: en lo que tiene que ver con los proyectos de las leyes del Presupuesto. En definitiva, el fiscal viene a decir, AHORA, que, debido a la separación de poderes, no se puede enjuiciar penalmente el procedimiento de elaboración legislativa. Y el proyecto de ley que aprueba el Gobierno, instrumento de la prevaricación, según las sentencias de la Audiencia Provincial (AP) y del Tribunal Supremo (TS), forma parte de dicho procedimiento de elaboración de las leyes.
Sea como fuere, si los proyectos de las leyes del Presupuesto no fueron (ni pudieron ser) ilegales, como razona, AHORA, el fiscal del TC, quiere decir que incluir en la ley del presupuesto una transferencia de financiación (TF) para pagar las subvenciones de los ERE no fue ilegal. Y, por tanto, no procede condenar por prevaricación, como están condenados, y su condena ratificada por el TS, a quienes participaron en los procedimientos de aprobación de los proyectos de ley de los presupuestos de la Junta de Andalucía.
Y, si esto es así, ¿por qué sostiene el fiscal del TC que sí sería prevaricador incrementar la partida de las TF, mediante modificaciones presupuestarias, si dicha partida era legítima?
La única razón que se me ocurre es porque se tiene que mantener el delito de prevaricación, a toda costa, para que no se les caiga todo el tinglado. ¿Por qué digo esto? Porque los delitos de prevaricación y malversación están en la causa de los ERE en lo que se llama concurso medial. Esto quiere decir que, según la AP y el TS, se prevaricó para malversar. Esto es, que si no hay prevaricación, no hay malversación. Esto lo saben todos los jueces y fiscales desde el minuto cero del proceso y el TC no se va a atrever a extraer esta conclusión a estas alturas, pero eso sería lo decente y lo correcto jurídicamente hablando: si no hay prevaricación, no hay malversación. Podría haber habido una malversación independiente de la prevaricación, si no hubieran seguido todos obedientemente a la flautista Alaya, en su empeño por empapelar a la cúpula política de la Junta, en lugar de seguir el rastro del dinero. Pero ahora es tarde.
Por ello, vaticino que el TC va a absolver del delito de prevaricación a quienes intervinieron en los proyectos de ley de los presupuestos, pero, de modo notoriamente incongruente, no va a absolver a quienes están condenados por prevaricación, por haber intervenido en las modificaciones presupuestarias que incrementaron la partida de los ERE.
Pero, si esto es lo que hace el TC, será una sinrazón y un despropósito más de los que han cometido todos los jueces, tribunales y fiscales que han intervenido hasta el momento. Porque, ¿de qué otro modo se puede calificar la teoría, procedente del informe de los peritos de la IGAE y repetida por los jueces de instrucción, los fiscales de todos los órdenes, la AP y el TS, de que el Gobierno de la Junta de Andalucía engañó al Parlamento de Andalucía, elevándole, para que este los aprobara, proyectos de ley que eran ilegales?
Digo que esta sinrazón y este despropósito los han perpetrado todos los que han intervenido, pero no es del todo cierto. Hay que excluir de este pelotón al magistrado del TSJA, Miguel Pascuau Liaño, el único que entendió rectamente desde el primer momento dónde podría estar la sustancia penal del asunto de los ERE. Pero nadie siguió su ejemplo.

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