lunes, 14 de enero de 2013

Decálogo para la secesión de Cataluña


Este mensaje se lo enviado a su cuenta de Facebook a Francisco Sosa Wagner, catedrático de Derecho Administrativo y diputado del Parlamento Europeo por UPyD. Hace ya días de eso y no he recibido respuesta.

"Estimado Sr. Sosa:

¿No le parece que ha llegado el momento de que los españoles que somos contrarios a la secesión de cualquier porción del territorio de España empecemos a advertirles a los secesionistas de cuáles son las condiciones de una posible secesión?
En mi opinión, si una mayoría sustancial de la población de una región española desea claramente separarse de España, blandir la Constitución y la legalidad vigente es un recurso necesario, pero insuficiente.
Los partidarios de la independencia de Cataluña están ya preparando con todo detalle la transición y el Gobierno de España se limita, hasta ahora, a advertir de que, no solo la secesión, sino el mero referéndum, son ilegales. Esta estrategia, desde mi punto de vista, solo excita y rearma a los partidarios de la secesión. A fin de cuentas, modificar la Constitución o la Ley de Referéndum tampoco es una tarea tan ardua y, si no se emprende, es porque no se quiere atender una reclamación tan 'justa' como la que formula Cataluña, pensarán ellos.
Por su parte, la estrategia, tan del gusto de determinados medios de comunicación y columnistas de despreciar y ridiculizar a Artur Mas y a los partidarios de la secesión sólo conseguirá envenenar y enconar más la situación.
Por eso, hay que poner ya encima de la mesa cuestiones que sí son arduas. Los independentistas, no es que crean que la independencia les saldrá gratis, sino que están convencidos de que es un gran negocio. Y hay que hacerles ver a las poblaciones de las regiones levantiscas que la secesión será una ruina, no solo para el resto de España, sino también y sobre todo para ellos.
Ni el Gobierno, ni el Partido Popular, ni mucho menos, el PSOE, parecen entender la entidad del desafío. De modo que, como en otros asuntos, deberá ser su partido el que enarbole esta bandera.
Yo me permito remitirle un decálogo, de elaboración personal, que le transcribo a continuación, relativo a las condiciones de la secesión de Cataluña. No muy diferente sería el aplicable al País Vasco.
No sé si a usted le parecerá sensato, ni si coincide con la opinión de su partido, pero me gustaría pensar que sí.
No estoy muy motivado para la actividad política, en general, pero estoy dispuesto a dedicarle tiempo al activismo en un asunto como éste. Si España pierde porciones tan relevantes como Cataluña o el País Vasco, como le dije antes, sería una catástrofe, no tanto sentimental, como material. Es razón suficiente para la acción.



DECÁLOGO PARA LA SECESIÓN DE CATALUÑA

1. Ningún grupo de ciudadanos españoles tiene derecho a exigir del Estado de España la secesión de una parte del territorio nacional. Ni las leyes internacionales ni las españolas reconocen tal derecho. Lo anterior es también plenamente aplicable a los ciudadanos que viven en el territorio de las cuatro provincias históricas que constituyen la región, conocida con el nombre de Cataluña, que se encuentra situada en el nordeste de la Península Ibérica.

2. No obstante, si llegara a ser notorio que una mayoría cualificada de los ciudadanos que viven en dicha región son partidarios de la secesión, el Gobierno de España convocará un referéndum, con el fin de confirmar que la voluntad separatista cuenta con una mayoría cualificada. Las condiciones del referéndum y de la hipotética secesión son actos de soberanía y, por tanto, serán establecidos, unilateralmente, por las Cortes Generales. Los siguientes apartados tratan de las referidas condiciones.

3. El establecimiento de las condiciones del referéndum y de la hipotética secesión se llevará a cabo bajo dos principios básicos, los cuales informarán el contenido de dichas condiciones:
a) La confirmación de la voluntad separatista de una mayoría cualificada de los ciudadanos de las cuatro provincias catalanas será considerada una decisión hostil e insolidaria por el conjunto de España, debido a los graves perjuicios materiales y de otro tipo que provocará al resto de los españoles la secesión de Cataluña.
b) El conjunto de los españoles no reconoce tener ninguna deuda, ni histórica, ni actual, ni de carácter político, ni económico, ni de ninguna otra índole, con los españoles que viven en la región de Cataluña. Antes al contrario, el resto de los españoles exigiremos que, en caso de secesión, se tengan en cuenta las ventajas históricas de las que ha disfrutado Cataluña, que han supuesto correlativas desventajas de otras partes de España, con motivo de la política arancelaria del Estado y por otras causas.

4. El referéndum que, en su caso, se convoque planteará la pregunta clara e inequívoca de si los ciudadanos de Cataluña quieren seguir siendo españoles o dejar de serlo. Los resultados del referéndum se computarán teniendo en cuenta la posibilidad de que existan poblaciones suficientemente concentradas en el territorio de la región catalana que no quieran la independencia. En tal caso, tales enclaves del territorio de la región continuarán formando parte del Estado de España, con el nombre de Cataluña y no se independizarán. Si el resultado del referéndum arroja la mayoría que las Cortes Generales hayan considerado suficiente, se adoptarán los procedimientos que sean necesarios para que las partes del territorio de la región catalana en los que se haya producido dicha mayoría cualificada se separen del resto de España.

5. Con carácter previo a la secesión, las Cortes Generales deberán fijar las condiciones económicas de la misma, entre las que, necesariamente, se encontrarán las siguientes:
5.1. Se fijará una compensación que deberán abonar los habitantes del territorio secesionado al resto de los españoles, por las ventajas históricas de Cataluña y por los perjuicios que al resto de España le producirá la secesión.
5.2. Las Cortes fijarán también una asignación territorial a abonar por el territorio secesionado, con una duración de 100 años, que compensará a los territorios que quedan en peor situación que Cataluña, tras la secesión.
5.3. Cataluña asumirá una porción de la deuda pública del Reino de España, en proporción a su participación en el PIB nacional en el momento de la secesión.
5.4. Cataluña no tendrá derecho a percibir cantidad alguna del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, ni a participar en ningún otro fondo, patrimonio, bienes o rentas que sean propiedad del conjunto de España o de los españoles.
5.5. Los inmuebles y demás bienes que sean propiedad del Estado de España y que se encuentren en el territorio de Cataluña no alterarán su titularidad tras la secesión. Esta regla será aplicable, no sólo a los inmuebles que estén inscritos a nombre del Estado en los registros de la propiedad, sino a todos aquellos que estén afectos a servicios públicos estatales, aunque no se encuentren inmatriculados. La venta de estos inmuebles al territorio secesionado se realizará teniendo en cuenta su coste de producción actualizado y, en su caso, a valor de mercado.
5.6. Los habitantes del territorio secesionado deberán sufragar todos los gastos que a España le suponga la secesión, tales como el establecimiento de fronteras, aduanas, aranceles, etc.

6. España utilizará su derecho de veto para impedir que el territorio secesionado ingrese en la Unión Europea o dificultará su ingreso en otras organizaciones internacionales, si dicho ingreso supone cualquier clase de perjuicio al Estado de España o a sus ciudadanos.

7. España se reserva el derecho de impedir que los equipos deportivos del territorio secesionado continúen participando en las ligas españolas tras la secesión.

8. Será considerado un acto gravemente hostil a España cualquier clase de discriminación por razón de la lengua española o de la nacionalidad española que las instituciones o los ciudadanos del territorio secesionado inflijan a los ciudadanos que opten por permanecer viviendo en dicho territorio.

9. También serán considerados actos gravemente hostiles a España las iniciativas que lleven a cabo personas o instituciones del territorio secesionado en foros internacionales, que persigan el desprestigio de España, sus ciudadanos e instituciones o que de cualquier forman les perjudiquen.

10. Este Decálogo se cierra enunciando el principio básico que informa todas sus determinaciones. Se trata de una elemental regla de conducta que el ‘seny’ de los catalanes sin duda comprende a la perfección y que consiste en lo siguiente: si alguien está incómodo en el lugar donde se encuentra y lo quiere abandonar, lo que debe hacer es marcharse haciendo el menor ruido posible y sin molestar a los que quieren permanecer donde están; y cerrar la puerta suavemente al salir. Apartarse de la regla de urbanidad que se acaba de enunciar no sólo acarreará incomodidad, sino dolor y sufrimiento, tanto a los que se quieren marchar, como a los que se quieren quedar.

Sin otro particular le saludo atentamente."

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