sábado, 29 de junio de 2024

ARTÍCULO PUBLICADO EN elDiario.es

 



La formidable maquinaria judicial que trituró a 52 responsables de la Junta de Andalucía (yo entre ellos)





El equipo de peritos de auxilio judicial pertenecientes a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), en octubre de 2018 testificando en el juicio de los ERE

 

Manuel Gómez Martínez

Interventor General de la Junta de Andalucía entre 2000 y 2010

28 de junio de 2024


Juan Benet contó una vez (“Un vuelo”, El País, 4 de octubre de 1982), que cuando estaba haciendo el servicio militar le encargaron que tradujera del inglés el reglamento de un deporte de equipo que el escritor no llegó a entender, pero que creía recordar que se jugaba con una pelota esférica y probablemente con una red separando ambos campos. El inglés de Benet era tan rudimentario en aquel entonces y, consecuentemente, la traducción que hizo de las reglas de ese deporte confundió tanto a los militares españoles, que en el partido que se organizó con motivo de la visita de una delegación de militares norteamericanos, los equipos de ambos países parecían jugar a deportes distintos.

Me ha venido a la memoria este episodio algo surrealista cuando estoy conociendo el contenido de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) sobre los recursos de amparo presentados por las personas condenadas en la pieza política de los ERE. Estuve incurso en esa causa durante casi 9 años, de los que di cuenta en un libro (“8 años, 8 meses y 8 días”, Amazon, 2020) y por eso conozco los pormenores del caso, algunos de ellos con cierta profundidad.

Cuando observo la indignada sorpresa con la que en algunos medios políticos, periodísticos y sociales se está acogiendo el hecho de que el TC haya enmendado al Tribunal Supremo (TS), me veo en la necesidad de recordar que en los albores de este caso judicial hubo un juanbenet (y que me perdone el escritor, allá donde se encuentre) al que le encargaron la traducción de determinados asuntos que resultaron ser determinantes para el curso que tomó el proceso de los ERE. Me refiero a los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) que nombró el juzgado de instrucción que estaba a cargo del caso.

Estos peritos son los que introdujeron en la causa de los ERE las piezas que sirvieron para construir el armazón incriminatorio que ahora está desmontando el TC. Se trata de tesis como las siguientes: la primera fue que los proyectos de ley del presupuesto, que contenían la partida con la que se financiaron las subvenciones de los ERE, eran ilegales; y, la segunda, fue la brillante idea de que el Gobierno de la Junta de Andalucía había engañado al Parlamento.

Mucho antes de que el TC se pronunciara, yo mismo le advertí al juzgado de que el fenómeno de un proyecto de ley ilegal, que se convierte en legal tras su aprobación parlamentaria, sin enmendar ni una coma del proyecto, sólo puede ser explicado mediante un mecanismo puramente prodigioso, ajeno a la técnica jurídica y al procedimiento legislativo. Tan peculiar fenómeno sólo sería explicable apelando a una visión sobrenatural del proceso presupuestario, que evocaría una suerte de transubstanciación legislativa o presupuestaria. Algo más propio de un concilio que de un tribunal civil.

Por su parte, esta idea de que el Gobierno engañó al Parlamento es una pamema. Se trata de una simpleza de tal calibre, que casi produce vergüenza propia y ajena ponerlo de manifiesto.

Pero ¿cuál es el contenido del encargo que recibieron estos peritos?, cabe preguntarse. La resolución del juzgado que ordenó el encargo afirmó estar acordando la realización de una “pericia contable” y destacó el sintagma con fuegos de artificio tipográficos, mediante el empleo de letra negrita y subrayada, para que el lector no avisado se encelara con el adjetivo “contable”. Pero esto fue, simplemente, un artificio. Aunque un tanto ingenuo, porque bastaba con acudir al resto de la resolución para comprobar que el contenido de lo que el juzgado les encargó a los peritos era de naturaleza abrumadoramente jurídica, quedando así el ardid completamente delatado.

El asunto adquirió tintes particularmente absurdos si se tiene en cuenta que estos audaces funcionarios, a lo largo de su trabajo como peritos en la causa, sentaron cátedra sobre materias tales como el régimen jurídico de las ayudas de Estado en el ámbito de la Unión Europea, la potestad subvencionadora de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, las competencias constitucionales en materia laboral de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el funcionamiento de las principales instituciones de la región, como el Parlamento y sus comisiones, el Consejo de Gobierno y la Cámara de Cuentas de Andalucía. Materias todas ellas que no es sólo que sean de carácter jurídico, sino que poseen tal altura y densidad que, si se me permite, solo están al alcance de juristas de cierto fuste. Por cierto, ¿cabe imaginar que un juez de instrucción en sus cabales encargue una pericia sobre el funcionamiento de las Cortes Generales, el Consejo de Ministros o el Tribunal de Cuentas? Pues eso es lo que, sin aparente escándalo, ocurrió impunemente en la causa de los ERE, en relación con las instituciones equivalentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Es evidente que lo que nos encontramos aquí es con el encargo de un dictamen jurídico y no con una pericia contable, como el juzgado pretendió hacer ver. En realidad, con este artificio se intentó velar dos circunstancias que, en cualquier otro tiempo y lugar, habrían hecho inviable una iniciativa procesal de semejante jaez. A saber:

En primer lugar, porque el contenido casi exclusivamente jurídico del encargo que el juzgado les hizo a los peritos se daba de bruces con el principio de Derecho procesal que se expresa en el brocardo iura novit curia, literalmente, el juez conoce el Derecho, de acuerdo con el cual, tendría difícil encaje en el proceso, en cualquier proceso, un informe pericial de carácter jurídico.

En segundo lugar, el sentido jurídico del encargo resultaba incompatible con el currículo de los peritos. Detengámonos, siquiera sea brevemente, en esta cuestión. El juzgado designó como peritos a un equipo de cuatro funcionarios, sólo dos de los cuales pertenecían a cuerpos del Estado en los que se exigía para su acceso poseer titulación universitaria superior. Los otros dos pertenecían a cuerpos auxiliares, para los que no se exigía estar en posesión de titulación universitaria superior. Pues bien, ninguno de los dos peritos de titulación superior era licenciado en Derecho. Su formación universitaria era la de economistas.

Estas fueron, como hemos dicho, las razones por las que se denominó a esta diligencia judicial pericia contable. Se les encargó una pericia jurídica (algo prohibido en el proceso judicial) a dos contables, salvando el absurdo con la infantil argucia de llamarle pericia contable. Ningún juez, fiscal o tribunal ha puesto en cuestión esta prueba a lo largo del proceso. Yo mismo le advertí al instructor del Tribunal Supremo, cuando fui allí a declarar, a la vista está que con escaso provecho, de la verdadera índole de estos peritos.

Por todo ello, no resulta extraño que el trabajo pericial desarrollado por los funcionarios de la IGAE en la causa careciera del mínimo rigor exigible a un encargo de esta naturaleza. Los peritos cometieron numerosos errores y deficiencias técnicas en las consideraciones y conclusiones de los informes emitidos. Durante la instrucción de la causa presenté diversos escritos al juzgado, denunciando los graves errores y carencias del trabajo de los peritos, que no desgranaré aquí, porque estas líneas, aunque extensas, no dejan de ser un artículo de prensa y no una novela ni un tratado. Todas mis alegaciones fueron olímpicamente ignoradas.

Esta mercancía averiada producida por los peritos de la IGAE no pudo caer en mejores manos. A partir de estos informes periciales el juzgado que instruía la causa dio lo mejor de sí y produjo piezas inolvidables que entraron por derecho propio en la historia de la jurisprudencia. Entre ellas merece recordarse, porque viene al caso, el Auto de 22 de julio de 2013, en el que encontramos esta perla cultivada: “Es obvio que la Ley de Presupuestos no debe contravenir el resto del ordenamiento jurídico: como la Ley General de la Hacienda Pública Andaluza, la Ley General de Subvenciones, la Ley 15/2001 o el Reglamento de Intervención entre otros.” Aun pudo el juzgado mejorar su marca en el Auto de 11 de marzo de 2014, en el que se produjo del modo siguiente: “…unas Leyes de Presupuestos, que partían de los Anteproyectos elaborados por la Consejería de Economía y Hacienda a la que pertenecían los inculpados, que en relación al Programa 31L de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, serían frontalmente contrarios a gran parte del ordenamiento jurídico: a la Constitución Española (artículos 9.1 y 103.1), al Estatuto de Autonomía (antiguo art. 12, actual art. 103), [continúa con la cita de un sinnúmero de disposiciones presuntamente incumplidas, terminando con] la Orden de 22 de mayo de 1998 por la que se dictaban normas para la elaboración de los Presupuestos.”

Qué podemos decir de estas resoluciones judiciales, que parecen estar basadas en lo que podríamos denominar una concepción petrificada del ordenamiento jurídico, en virtud de la cual un proyecto de ley no solo no podría modificar las leyes vigentes, sino que debería someterse a los reglamentos y órdenes en vigor en ese momento. La pirámide de Kelsen, pero invertida.

Pues bien, con estos mimbres construyó el juzgado su teoría de la trama delictiva y puso en marcha una formidable maquinaria judicial en la que trituró a 52 responsables de la Junta de Andalucía (yo mismo, entre ellos), incluyendo a dos presidentes y a varios consejeros. A todos nos imputó el juzgado sendos delitos de prevaricación y malversación, muchos fuimos procesados y una buena parte de ellos, fueron condenados.

La impresión que uno tiene al conocer las últimas informaciones es que al TC parece haberle bastado un leve empujón para que este armazón se vaya al suelo y se haga añicos. A nadie debería extrañarle. Se trataba de un constructo jurídicopenal puesto en pie por unos peritos contables y mejorado por un juzgado, algunas de cuyas resoluciones en esta causa podrían haber sonrojado a un alumno del primer curso de Derecho. Al lado de ambos, el inglés del soldado Juan Benet (y que me perdone de nuevo) nos habría parecido el de Shakespeare.

Siendo así las cosas, no podemos negar que resulte pertinente preguntarse por la legitimidad del rol que está jugando el TC en este caso, al enmendar al TS. Que se trate del TC más desprestigiado de la democracia les ha dado alas a quienes se hacen tal pregunta, a qué negarlo. No obstante, desde mi punto de vista, hay una pregunta mucho más pertinente que procede hacerse en este momento: ¿cómo es que unas tesis tan insolventes han llegado tan lejos y han hecho tanto daño?

Y un estrambote: como suele decirse en estos casos, la verdad es la verdad, dígala Agamenón o su porquero.


lunes, 17 de junio de 2024

¡QUÉ NIVEL!

 

Como ha dicho hoy alguien en la radio, lo que dice Salvador Illa es como si Amancio Ortega, valiéndose de sus cuantiosas contribuciones (por cierto, no sólo tributarias) a la sociedad, pretendiera resultar un beneficiario privilegiado de los servicios públicos.
Se trata de una idea, por decir algo, coincidente con las bravatas que tenemos que soportar cada día del supremacismo separatista de Junts, ERC, la CUP y compañía. Es decir, que estamos ante un planteamiento que podrá ser cualquier cosa, pero desde luego, ni es progresista, ni es de izquierdas, ni es socialista.
En definitiva, decir que “Cataluña no puede ser la tercera en aportar recursos y la 14ª en recibirlos”, no es solo una manifestación regresiva e insolidaria y, por tanto, reaccionaria, sino que denota una ignorancia supina de lo que es un Estado (cualquier Estado), cómo funciona, cuáles son su misión y sus funciones, cómo se financia, etc.
Sr. Illa, claro que Cataluña puede ser la 3ª en aportar (incluso la primera, si me apura) y la 14ª en recibir. Usted no sabe de lo que habla, usted no es socialista, ni es de izquierdas, usted está inhabilitado para dirigir Cataluña y hasta su pueblo, con esas ideas y, desde luego, estoy seguro de que la mayoría de sus votantes no se merece que usted les represente.

sábado, 15 de junio de 2024

VALIENTE

 

Ana Iris es una de las columnistas más originales de la prensa española contemporánea y lo demuestra una vez más en su columna sabatina del diario El País de hoy, en la que vuelve a ofrecernos su personal y desprejuiciada visión de las cosas. Esta vez, nada menos que sobre el espinoso asunto de la decisión a la que se enfrentan unos padres, a los que les anuncian que el niño que van a traer al mundo tiene Síndrome de Down.
Confieso que me ha dejado sin palabras y, por tanto, sin argumentos. De modo que no soy capaz de saber siquiera si estoy o no de acuerdo con ella y solo me cabe ponderar su valentía, al escribir este artículo, calificar como eugenesia la actual corriente de la medicina, en relación con el Síndrome de Down y de hacerlo, además, en el diario El País.

lunes, 10 de junio de 2024

DICE AHORA EL FISCAL…

 

Dice, AHORA, el fiscal del Tribunal Constitucional que debe estimarse el recurso de amparo de los condenados en la pieza política de los ERE, sólo en lo que se refiere a la prevaricación, y solo en un aspecto: en lo que tiene que ver con los proyectos de las leyes del Presupuesto. En definitiva, el fiscal viene a decir, AHORA, que, debido a la separación de poderes, no se puede enjuiciar penalmente el procedimiento de elaboración legislativa. Y el proyecto de ley que aprueba el Gobierno, instrumento de la prevaricación, según las sentencias de la Audiencia Provincial (AP) y del Tribunal Supremo (TS), forma parte de dicho procedimiento de elaboración de las leyes.
Sea como fuere, si los proyectos de las leyes del Presupuesto no fueron (ni pudieron ser) ilegales, como razona, AHORA, el fiscal del TC, quiere decir que incluir en la ley del presupuesto una transferencia de financiación (TF) para pagar las subvenciones de los ERE no fue ilegal. Y, por tanto, no procede condenar por prevaricación, como están condenados, y su condena ratificada por el TS, a quienes participaron en los procedimientos de aprobación de los proyectos de ley de los presupuestos de la Junta de Andalucía.
Y, si esto es así, ¿por qué sostiene el fiscal del TC que sí sería prevaricador incrementar la partida de las TF, mediante modificaciones presupuestarias, si dicha partida era legítima?
La única razón que se me ocurre es porque se tiene que mantener el delito de prevaricación, a toda costa, para que no se les caiga todo el tinglado. ¿Por qué digo esto? Porque los delitos de prevaricación y malversación están en la causa de los ERE en lo que se llama concurso medial. Esto quiere decir que, según la AP y el TS, se prevaricó para malversar. Esto es, que si no hay prevaricación, no hay malversación. Esto lo saben todos los jueces y fiscales desde el minuto cero del proceso y el TC no se va a atrever a extraer esta conclusión a estas alturas, pero eso sería lo decente y lo correcto jurídicamente hablando: si no hay prevaricación, no hay malversación. Podría haber habido una malversación independiente de la prevaricación, si no hubieran seguido todos obedientemente a la flautista Alaya, en su empeño por empapelar a la cúpula política de la Junta, en lugar de seguir el rastro del dinero. Pero ahora es tarde.
Por ello, vaticino que el TC va a absolver del delito de prevaricación a quienes intervinieron en los proyectos de ley de los presupuestos, pero, de modo notoriamente incongruente, no va a absolver a quienes están condenados por prevaricación, por haber intervenido en las modificaciones presupuestarias que incrementaron la partida de los ERE.
Pero, si esto es lo que hace el TC, será una sinrazón y un despropósito más de los que han cometido todos los jueces, tribunales y fiscales que han intervenido hasta el momento. Porque, ¿de qué otro modo se puede calificar la teoría, procedente del informe de los peritos de la IGAE y repetida por los jueces de instrucción, los fiscales de todos los órdenes, la AP y el TS, de que el Gobierno de la Junta de Andalucía engañó al Parlamento de Andalucía, elevándole, para que este los aprobara, proyectos de ley que eran ilegales?
Digo que esta sinrazón y este despropósito los han perpetrado todos los que han intervenido, pero no es del todo cierto. Hay que excluir de este pelotón al magistrado del TSJA, Miguel Pascuau Liaño, el único que entendió rectamente desde el primer momento dónde podría estar la sustancia penal del asunto de los ERE. Pero nadie siguió su ejemplo.

jueves, 6 de junio de 2024

NO SE SALVA NADIE



Por lo que sabemos hasta ahora, la mujer de Pedro Sánchez se ha venido comportando de un modo bastante desahogado, por no decir desvergonzado. Se ha aprovechado de su condición de esposa del Presidente para obtener ventajas y privilegios que no están disponibles para el común de los mortales.

Dirige una cátedra y un máster de la Universidad Complutense de Madrid, ostentando un mero título de bachiller. Se desconoce qué méritos profesionales la han llevado hasta allí.

Como directora de ambos chiringuitos universitarios, ha solicitado y obtenido financiación de diversas procedencias, cuya única explicación plausible es su propia intercesión.

Entre otras cosas, consiguió que empresas multinacionales como Microsoft y Telefónica elaboraran gratuitamente un software para su uso en el máster que ella dirige, en el que habrían invertido 150.000 euros. Y no contenta con ello, al parecer, habría registrado dicho software a su nombre y no al de la Universidad.

Ha entregado cartas de recomendación con su firma a empresas que concurrían a licitaciones públicas y a otras que solicitaban subvenciones de la Administración.

Cuando se empezaron a conocer estas actividades a través de los medios de comunicación, una asociación con un pasado algo mafioso, llamada Manos Limpias, presentó una denuncia en el juzgado.

El ordenamiento español contiene la institución de la acción popular en derecho penal, en virtud de la cual, cualquier ciudadano está legitimado para instar de los tribunales el restablecimiento del orden alterado por el delito. El uso abusivo de esta facultad o derecho ciudadano quizá aconseje su supresión o restricción en el futuro, pero, hoy por hoy, está en vigor y no cabe otra cosa que aceptarlo.

A partir de ese momento, el marido de la denunciada ha adoptado una conducta francamente patética, impropia por completo del Presidente del Gobierno de un país serio. Pedro Sánchez ha acusado al PP de atacarle a él, a su mujer y a su partido fundándose en bulos y mentiras; ha acusado a los medios que se hacen eco de estos hechos de practicar un periodismo basura; ha acusado al juez de hacer política con este asunto que le ha caído en su juzgado; y, en definitiva, está tratando por todos los medios de sacar rédito político y electoral de lo que él considera una acusación injusta, de la que, por otro lado, se niega a dar explicaciones.

No sé si la conducta de Begoña Gómez, que así se llama la interfecta, será o no susceptible de recibir un reproche penal. Pero es evidente que su desahogo o desvergüenza sí deben merecer un reproche moral claro y que obliga a la sociedad española a reflexionar sobre ello y a adoptar medidas que impidan que tales cosas vuelvan a ocurrir o, al menos, que si ocurren, merezcan alguna clase de sanción.

Pues bien, la denuncia fue presentada por Manos Limpias hace ya más de 2 meses, tiempo más que suficiente para que el juez hubiera citado a la denunciada a declarar. Pero no, el juez se ha entretenido pidiéndole un informe a la UCO de la Guardia Civil, que ya sabemos cómo se las gasta, citando como testigos a los periodistas que daban cuenta de los hechos y enfrentándose con el fiscal del caso, por la impresentable conducta de este, que más parece un defensor de la denunciada que de la legalidad.

En esta semana, el juez ha dado un paso que deja ver, ya sin duda ni reserva alguna, la verdadera índole de este sujeto. Antes de notificárselo a la interesada y a menos de una semana de las próximas elecciones, les da a conocer a todos los medios de comunicación que tiene intención de citar como imputada a la esposa del Presidente del Gobierno, el próximo día 5 de julio, es decir, ¡para dentro de un mes!

En primer lugar, si el objetivo de esta iniciativa del juez hubiera sido cumplir con su deber y no hacerle daño a una ciudadana que había caído en sus fauces, la habría citado discretamente y no a bombo y platillo. Y, en segundo lugar, si el objetivo del juez hubiera sido cumplir con su obligación y no influir en el proceso electoral actualmente en curso, podría haber esperado para lanzar la citación después de las elecciones del 9 de junio, con tiempo más que suficiente para un emplazamiento previsto para el 5 de julio.

De modo que esto es lo que tenemos. La esposa del Presidente del Gobierno, que se aprovecha de su condición en su propio beneficio; una asociación mafiosa, que se convierte en la defensora de la moral de la nación; el Presidente del Gobierno, que no solo no da explicaciones de la conducta claramente irregular de su esposa, sino que pretende sacar partido político y electoral de ello y, lo que produce escalofríos, que quizá lo consiga, porque muchos ciudadanos se lo compren; un fiscal que, en lugar de defender a la sociedad, se convierte, por orden del Gobierno, en el defensor de una presunta delincuente; y algo, a mi juicio, mucho más reprobable: un juez, que hace uso de las potestades que la sociedad le otorga para impartir justicia, con la finalidad torcida de infligir a una ciudadana un daño injusto y completamente caprichoso.

Probablemente todas estas conductas quedarán impunes. La del juez, con toda seguridad. Alguna, incluso, resultará premiada. Lo que no es sino una muestra más de la podredumbre social e institucional en la que naufraga la nación.

domingo, 2 de junio de 2024

VOX NO ES DE FIAR


El diario ABC publica diariamente once ediciones diferentes. Más o menos el 50 por ciento de los días, todas las ediciones tienen la misma portada, aunque la otra mitad, la edición de Sevilla, que es la que suelo leer, se distingue del resto. Me suele irritar el separatismo de la edición sevillana, porque, cuando se aparta de sus gemelas, en lugar de reflejar en la portada la noticia nacional o internacional más relevante, refleja una escena taurina o futbolística local de la menor importancia. Recuerdo una vez en la que el ABC de Sevilla me dedicó su portada, por cierto, con una foto muy poco favorecedora y una amiga me dijo algo así como esto: “es muy meritorio que hayas alcanzado un lugar al que solo acceden toreros, obispos o futbolistas.”

Hoy, todas las ediciones del ABC, como, por otra parte, el resto de los medios, dedican su portada a la 15ª Copa de Europa del Real Madrid. En cambio, la edición de Sevilla refleja un asunto, aparentemente local, pero de gran trascendencia nacional. Se trata de divulgar el hecho de que, en el Ayuntamiento de Sevilla, gobernado en minoría por el PP, el PSOE apoya las propuestas del gobierno local con mucha mayor frecuencia que Vox. Incluso Podemos apoya al PP con mayor frecuencia que Vox.

Sin duda, el perfil de político serio y responsable del portavoz del PSOE y anterior alcalde de Sevilla, Antonio Muñoz, debe de ser una de las causas de este fenómeno. Pero tengo para mí que lo que el ABC ha querido resaltar en su portada de hoy y decirle a sus lectores es que Vox es un partido en el que un ciudadano conservador no puede confiar. Se trata de una idea que trasciende del entorno local sevillano y puede aplicarse a cualquier ámbito de la España política, local, regional o nacional.